martes, 24 de febrero de 2015

¿QUE ES EL CANON DIGITAL?

¿Qué es el canon digital?


El canon digital es la tasa que se aplica sobre equipos y soportes electrónicos de uso masivo como móviles, MP3 y MP4, memorias USB, CD, DVD o discos duros externos para compensar los derechos de propiedad intelectual que los creadores dejan de percibir por la práctica de la copia privada.

 ¿Tasa o impuesto?


El canon no es un impuesto, ya que no se cobra directamente al ciudadano sino a los fabricantes e importadores de equipos y soportes para la reproducción de obras, así como a los sucesivos adquirientes en la cadena de distribución.
Sin embargo, en la práctica, esta tasa, que debe ir desglosada en las facturas, acaba siendo un impuesto indirecto al elevar el precio final del producto.

¿A dónde va el dinero del canon?
Aunque los artistas son el objeto último de beneficio de este canon, son las sociedades de gestión de derechos de autor las que administran el cobro del mismo.
En España, son ocho las entidades de este tipo: Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA), Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO), Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI), Artistas Intérpretes o Ejecutantes, Sociedad de Gestión de España (AIE), Visual, Entidad de Gestión de Artistas Plásticos (VEGAP), Artistas Intérpretes, Sociedad de Gestión (AISGE), y Asociación Derechos de Autor de Medios Audiovisuales (DAMA).
Fundamentos legales:
En España, la legislación contempla por primera vez los derechos de autor en 1987 con la Ley de Propiedad Intelectual. En 1992 comienzan a gravarse los primeros artículos analógicos, aunque no es hasta 1996 cuando el texto refundido de la ley, en su artículo 25, obliga a poner en la factura el importe del canon y a cobrarlo.
En 2006 entra en vigor la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, que establece una revisión o actualización de soportes sujetos a canon (lápices USB, reproductores MP3, teléfonos móviles que reproducen música, discos duros externos, etc.) y sus tarifas.
Esta actualización se plasma finalmente en una orden ministerial el 20 de junio de 2008. Afecta a una veintena de soportes y equipos electrónicos.

LINK:
 http://www.elcorreo.com/vizcaya/20110324/mas-actualidad/sociedad/canon-digital-quien-esta-201103241154.html

Se debe implementar este en Colombia? (opinión personal)

En mi opinión este canon digital no debería implementarse en Colombia, ya que no estoy de acuerdo con que se deba pagar por ver, reproducir una canción o vídeo. creo que este método seria algo difícil que se aceptara, no muchos estarían de acuerdo por pagar derechos de autor.

ademas en mi posición como joven estudiante, no estaría muy deacuerdo que para descargar un documento, libro, película, canción en el idioma que se necesite tengamos que pagar para nuestra formación, si bien se que la tecnología en Colombia tiene elevados precios y que muchas personas optan por comprar en países diferentes como ee.uu, no imagino donde por la compra de un celular, cámara, etc se asumiera un impuesto agregado y con esto quedara con un valor mas elevado.

los derechos de autor ya sea de película, canción, libro, etc si son trabajos con buenos contenidos no se puede negar que ellos ganaran buen dinero por lo hecho, gracias a que nosotros por comprarlos, verlos, y oírlos, automáticamente, estos van cogiendo cierta publicidad y así obteniendo el reconocimiento que equivale a mas ganancia.

si miramos a un contante en donde se va a ver reconocido su trabajo, puede ser en una presentación de publico como los conciertos. los de un escritor en una exposición de este y así con demás derechos de autor,pero no tiene que ser cobrándonos a nosotros dicho impuesto.



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